¿Sabes que hay 6 formas de cómo Patentar una Idea?
Y LO MÁS IMPORTANTE de todo, ¿sabes cuándo debes utilizar cada tipo de protección?¿No?
Pues quédate hasta el final para descubrirlo.
Además te enseñamos paso a paso cómo se patentan las ideas ?.
Para que tus inventos queden bien protegidos es muy importante que elijas el mejor tipo de patente.
¿Sabías que cada una de las 6 formas de protección tiene una duración diferente?
Tanto si tu idea es referente a la mejora de un producto, una nueva tecnología, una APP… te interesa saberlo.
✅ Y NO TE PIERDAS al final ? de la entrada te guiaremos en el paso a paso de cómo patentar tu idea.
Hay seis maneras de patentar una idea de negocio. He puesto ejemplos en cada una de las seis opciones, para que sea más sencillo reconocer la mejor manera de protección.
Si, aún después de leer las seis maneras no sabes decidir cuál sería la adecuada para ti, no te preocupes, escríbenos y ¡estaremos encantados de ayudarte!
Entre las ideas que se pueden proteger con una Patente en España están:
Estas son, en general, los tipos de ideas que se pueden proteger como Patente en España y deben de cumplir tres requisitos:
Para tener esa seguridad, es importante analizar las patentes y modelos de utilidad registrados hasta la fecha.
Nosotros, desde La Fábrica de Inventos realizamos Estudios de Patentes. En el que, además de investigar si tu producto aporta innovación suficiente, analizamos la viabilidad comercial y técnica del mismo.
Una idea protegida como patente nacional tendrá una duración de 20 años a nivel de España
Además el primero de los años tiene prioridad internacional.
Por lo que es recomendable promocionar comercialmente el proyecto durante ese primer año. Antes de que se acabe el primer año se puede seguir ampliando la prioridad internacional.
Se puede hacer a través de una PCT, con lo que conseguimos 18 meses adicionales de prioridad internacional.
Sí. Como curiosidad, no se pueden patentar las teorías científicas, los métodos matemáticos, los juegos o los programas de ordenador.
Tampoco se pueden patentar los seres vivos tal y como se encuentran en la naturaleza.
Es el número que se le asigna al expediente, al invento, cuando se presenta la Patente Nacional ante la Oficina de Patentes y Marcas de España (OEPM).
En el caso de las Patentes Nacionales esa numeración empieza por la letra “P”.
Por ejemplo un número de solicitud podría ser el P201830138.
Estos números les asigna la OEPM, y son únicos. Es decir, no puede haber dos patentes nacionales con el mismo número de solicitud.
Aquí puedes ver un resumen de los datos más importantes acerca de las Patente Nacionales.
Podemos patentar una idea como Modelo de Utilidad si se trata de una mejora de un producto, o dispositivo ya existente.
¡Con un ejemplo lo veremos mucho más claro!
Todos conocemos que existen tapas para los vasos de plástico, para poder llevar la bebida sin que se caiga. ¿cierto?
Pues bien, la idea de estas tapas con un agujero central, para colocar la pajita se protegería como un modelo de utilidad.
¿Por qué ?
¡Muy sencillo! Porque estamos mejorando las tapas que ya existían.
Como te decía, si aún leyendo esto te surgen dudas ¡escribeme! estoy para ayudarte.
Además así te daré mi opinión para dejar tu proyecto bien protegido.
En esta entrada, también explicó las diferencias entre modelo de utilidad y Patente nacional. Te recomiendo que veas el vídeo, es muy cortito. En esta entrada verás las ventajas del modelo de utilidad frente a la patente.
Si, claro. Siempre recomendamos antes de iniciar cualquier proyecto haber realizado un buen Estudio de Mercado o Estudio de Patentes.
Puedes escribirme para que podamos analizarlo.
La duración de un modelo de utilidad es de 10 años a nivel nacional, teniendo el primero de los años prioridad internacional.
Durante esos 10 años se impide a un tercero (empresa o persona) fabricar o comercializar el producto protegido.
Sí, un modelo de utilidad puede ser registrado a nombre de una, o varias empresas o personas.
Esto implica que puede haber un propietario con un 30% y otro propietario con un 70%.
Lógicamente la suma siempre tiene que ser el 100%.
Otro dato importante es, que en los modelos de utilidad existe la figura del inventor, del solicitante y del representante.
– El inventor es la persona que es la creadora de la idea. Pueden ser una o varias personas.
– El solicitante es realmente el propietario del modelo de utilidad. Pueden ser una o varias personas o empresas.
– El representante es la persona que representa al solicitante a la hora de presentar y gestionar la protección.
No es propietario de nada, solo representa.
El representante necesita que el solicitante firme una autorización, por la que le da permiso a gestionar los trámites.
Generalmente la figura del inventor y solicitante es la misma persona.
Ya que lo más normal es, que la persona que ha creado el producto sea la propietaria del modelo de utilidad.
Sí, aquí te pongo un par de casos en los que es así.
Por ejemplo, en el caso de que un trabajador desarrolle para la empresa un nuevo producto.
En esos casos, el trabajador será el inventor, pero será la empresa la solicitante.
Otro ejemplo es un inventor que necesita la ayuda de un inversor.
En esos casos es común que los solicitantes sean el inventor y el inversor, según los porcentajes que acuerden.
Esto ocurre de igual manera en las Patentes Nacionales.
Es el número que se le asigna cuando se presenta ante la Oficina de Patentes y Marcas de España (OEPM).
En el caso de los Modelos de Utilidad, esa numeración empieza por la letra “U”. Por ejemplo, un número de solicitud podría ser el U201831140.
Estos números les asigna la OEPM, y son únicos. Es decir, no puede haber dos modelos de utilidad con el mismo número de solicitud.
Se patenta una idea como Diseño Industrial cuando queremos proteger, la apariencia física y ornamentación de un producto físico o parte de él.
Esta protección es interesante cuando nuestro producto tiene una apariencia tal que lo hace diferente al resto, y que puede ser una característica importante de cara a sacar beneficio de él.
En muchas ocasiones, se patenta una idea como diseño industrial en el sector de los muebles.
Cuando elijamos esta modalidad de protección, no estamos patentando las características, ni técnicas ni funcionales.
En el caso de querer proteger dichas características, patentaríamos la idea como Patente Nacional o como Modelo de Utilidad.
Por el contrario, cuando patentamos las ideas como Patente Nacional o Modelo de Utilidad no estamos protegiendo la estética.
A continuación, expongo una serie de casos en las que tiene sentido la protección como Diseño Industrial:
– Zapatos
– Elementos bidimensionales como por ejemplo el estampado de una camiseta o tela
– Cuadros
– Un escenario
– La disposición del interior de una tienda
– Un escaparate
– La portada de un libro o de una revista
– Una página web
– Una tipografía
Si, de hecho el registro como Diseño Industrial se puede hacer a nivel nacional, comunitario (Europa) o a nivel internacional.
Los precios van en aumento según sea para un mayor territorio.
La protección es de 5 años, que se pueden prorrogar hasta un máximo de 25 años. En una misma solicitud se pueden proteger hasta diez diseños industriales por el mismo precio.
Si queremos patentar más diseños van aumentando las tasas progresivamente.
En el caso de los Diseños Industriales existe la figura del diseñador, del solicitante y del representante.
– El diseñador es la persona que es la creadora del diseño. Puede ser una o varias personas.
– El solicitante es realmente el propietario del Diseño Industrial. Puede ser una o varias personas o empresas.
– El representante es la persona que representa al solicitante a la hora de presentar y gestionar la protección.
No es propietario de nada, solo representa.
El representante necesita que el solicitante firme una autorización, por la que le da permiso a gestionar los trámites.
Generalmente la figura del diseñador y solicitante es la misma persona, ya que lo más normal es que la persona que ha creado el diseño sea la propietaria.
Pero hay casos en los que no es así.
Es el número que se asigna a un Diseño Industrial cuando se presenta ante la Oficina de Patentes y Marcas de España (OEPM).
En el caso de los Diseños Industriales, esa numeración empieza por la letra “D”.
Por ejemplo, un número de solicitud podría ser el D0028533.
Estos números les asigna la OEPM, y son únicos. Es decir no puede haber dos diseños industriales con el mismo número de solicitud.
¡Venga va que solo quedan 3! Sabemos que el tema de las patentes puede resultar algo tedioso pero es una pieza clave para tu invento! ¡Seguimos!
Patentamos una idea como Marca, cuando queremos proteger el nombre de tu negocio o producto.
De hecho, la definición de marca es, aquel signo que puede constar de un nombre o de un logotipo, que diferencia nuestro producto o servicio.
Patentando la marca evitaremos que la competencia pueda copiarnos el nombre que hayamos elegido. ¡Así seremos únicos!
Hay que tener en cuenta que a lo largo de los años es la marca lo que más valor tiene de una empresa.
Por eso empresas con las que tenemos relación como Coca-Cola, El Corte Inglés o Renault están patentados como marca.
De hecho, estas empresas suelen registrar una marca por cada producto que sacan al mercado.
Aquí podéis ver un vídeo donde hablamos del registro de marca.
Las marcas pueden ser:
– Denominativas, cuando patentamos únicamente una palabra como por ejemplo Marcathlon. En este caso protegemos únicamente la palabra.
– Gráficas, cuando patentamos únicamente una imagen. Por ejemplo, el cocodrilo de Lacoste. En ese caso, estaríamos protegiendo sólo la imagen.
– Mixtas, cuando patentamos una imagen que que contiene palabras. Es la manera más habitual de patentarlo.
Por ejemplo nuestro logotipo de La Fábrica de Inventos está protegido de esta manera.
– Sonora, patentamos una marca como sonoro cuando consta de un sonido.
El sonido hay que representarlo mediante un pentagrama.
Que es un pentagrama Patricia ????
Jajaja, tenias que haber prestado más atención en las clases de música.
Aquí te dejo una imagen donde puedes ver un pentagrama:
– Tridimensional, cuando la reproducción de la marca tenga una composición gráfica o fotográfica bidimensional.
Por ejemplo, los envoltorios, los envases o formas de un producto.
Una marca tiene una duración de 10 años prorrogables indefinidamente. Es decir, cada 10 años lo podemos renovar de nuevo.¡Estamos salvados!
¿Os imagináis a ColaCao cambiando de nombre cada 10 años??
CaloCao, CaoCola, Caocau…jeje
De esta manera todo el valor y publicidad que demos a nuestra marca nunca se perderá,.
Claro está, siempre y cuando nos acordemos de renovarla.
Y ahora, atentos, porque hay cosas que no se pueden patentar como marca:
– Nombres genéricos como Alberto
– Indicadores de procedencia geográfica como Burgos
– Signos contrarios al orden público
En el caso de las Marcas existe la figura del solicitante y del representante.
– El solicitante es realmente el propietario de la Marca. Puede ser una o varias personas o empresas.
– El representante es la persona que representa al solicitante a la hora de presentar y gestionar la protección.
No es propietario de nada, solo representa.
El representante necesita que el solicitante firme una autorización, por la que le da permiso a gestionar los trámites.
Es el número que se le asigna a la Marca cuando se presenta ante la Oficina de Patentes y Marcas de España (OEPM).
En el caso de las Marcas esa numeración empieza por la letra “M”.
Por ejemplo, un número de solicitud podría ser el M3556628.
Estos números les asigna la OEPM, y son únicos. Es decir, no puede haber dos marcas con el mismo número de solicitud.
Patentamos una palabra como nombre comercial cuando no represente un producto o servicio, no como en el caso de las marcas.
Es decir, sirve para identificar a una empresa en el tráfico mercantil y diferenciarla del resto de empresas. ¡Vamos a los ejemplos que es lo que nos gusta!
Cada empresa sólo puede registrar un nombre comercial, ya que este identifica a la empresa.
Sin embargo, una empresa puede registrar el número de marcas que considere.
El nombre comercial no puede licenciarse, ya que se transmite en su totalidad con la empresa.
No ocurre lo mismo con las marcas, que pueden licenciarse.
Por lo tanto una misma empresa puede tener protegido su nombre como marca y nombre comercial.
La duración de un nombre comercial es de 10 años prorrogables.
¡Y ya viene la última!
Patentamos una idea como Derechos de Autor cuando queremos proteger los derechos de los creadores sobre las obras literarias y artísticas.
Por lo tanto podemos patentar una idea como Derechos de Autor cuando se trate de:
– Libros, poemas, artículos periodísticos
– Música, composiciones musicales
– Pintura, fotografías, dibujos
– Esculturas
– Películas, coreografías
– Programas informáticos
– Bases de datos
– Anuncios publicitarios
– Mapas
– Dibujos técnicos
Cuando patentas una idea como Derechos de Autor puedes adquirir derechos patrimoniales.
Esto significa, que tus creaciones pueden generarte un beneficio económico gracias a el uso de tus creaciones por terceros.
También puede adquirir derechos morales, que dejan constancia que la creación es tuya, pero que no te generan beneficio económico.
En la mayoría de los países no es necesario realizar ningún registro de derechos de autor, ya que este derecho se adquiere automáticamente.
Aún así, en muchos países si que existe un sistema de registro y depósito de obras.
Esto es aconsejable para facilitar la aclaración de la autoría de obras, evitando así posibles controversias.
¡Y con esto hemos terminado!
Como hemos visto hay seis formas de patentar las ideas según de qué tipo sean.
En este caso nos vamos a centrar en lo más habitual, que tu idea sea sobre un producto físico o una mejora de él.
En ese caso estaríamos hablando de que la idea se patentaría, bien como Patente nacional o como Modelo de utilidad.
En ambos casos hay que hacer una serie de trámites hasta llegar a patentar la idea.
Los pasos para Patentar una Idea son:
En esta infografía puedes ver en qué consiste cada uno de los pasos, y lo iremos explicando con más detalle a lo largo de la entrada.
Si quieres que te ayudemos en alguno de esos pasos escríbenos:
Antes de invertir en la patente de una idea es muy recomendable comprobar que la idea que has tenido es única, es decir, que no hay ninguna patente sobre ella.
No tendría sentido que gastes dinero en desarrollar y patentar una idea si ya existe.
Así que lo primero es hacer esa comprobación.
A través de nuestro Departamento realizamos Estudios de Patentes donde emitimos un informe oficial con los resultados. Escríbenos si quieres que hagamos un estudio de tu idea.
Si el estudio sale favorable, estupendo!, podemos seguir adelante.
Si sale negativo hay que trabajar en sesiones creativas para crear un proyecto diferente, con ideas de mejora.
No significa que el proyecto tenga que ser abandonado, pero sí que hay que invertir más tiempo en crear una nueva idea.
Para patentar una idea como Patente o como Modelo de utilidad es necesario presentar ante la Oficina Española de Patentes y Marcas una memoria donde expliquemos el invento.
La memoria descriptiva está formada por:
En la descripción explicamos cuál es el objetivo del invento, que problema soluciona o que mejora supone respecto de los productos ya existentes. Además, hay que definir a qué sector pertenece, qué componentes forman parte del invento y cómo funciona.
Es decir, se trata de explicar en si el funcionamiento del invento.
Las reivindicaciones son la parte más importante de la memoria, ya que marca los límites y alcance de la protección.
Es decir, si en algún momento queremos ver si alguien choca contra nuestra patente, es decir, si nos está copiando iremos a revisar las reivindicaciones.
Lo más recomendable es que cada patente debe de tener más de una reivindicación.
La primera reivindicación será la más general, y las demás sirven para proteger elementos o funciones opcionales.
Las figuras ayudan a entender la invención, pero en ningún caso limitan la invención.
Por lo que si representas el invento con una determinada forma, no significa que si cambian la forma puedan copiarte.
El resumen sólo es necesario presentarlo en el caso de patentar tu idea como Patente nacional. Y como su propio nombre indica es un resumen de la invención.
No tiene importancia de cara a la protección.
Una vez que tenemos redactada la memoria de la patente hay que registrarla ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Para ello es necesario realizar previamente el pago de las tasas oficiales.
El coste de las tasas varía en función de si patentamos la idea como patente nacional, o como modelo de utilidad.
Existe un 15% de reducción en el coste de las tasas si se presenta la patente electrónicamente.
Una vez que hemos redactado la memoria de la patente y hemos pagado las tasas llega el momento de patentar, de registrarlo.
En este momento es necesario cumplimentar ciertos datos como:
Una vez se efectúa el proceso de registro obtenemos el número de solicitud de la patente o modelo de utilidad, y queda registrada la fecha de registro.
El número de solicitud de la patente nacional comienza por la letra P, y en el caso del modelo de utilidad comienza por la letra U.
A partir de ese momento comienza el periodo de protección, y ya se pueden iniciar las labores comerciales.
En España se conoce como Propiedad Intelectual el conjunto de derechos que protegen las creaciones del intelecto. Por ejemplo entrarían dentro de esta categoría un accesorio de cocina, un libro, una canción,…
Dentro de la Propiedad Intelectual se clasifican las ideas en Propiedad Industrial y Derechos de Autor.
Cuando queremos proteger una idea relacionada con creaciones técnicas hablamos de Propiedad Industrial. Por ejemplo una nueva herramienta.
Y si la idea está relacionada con las creaciones literarias y artísticas hablamos de Derechos de Autor. Por ejemplo un libro.
De verdad espero haberte sido de gran ayuda, y haberte despejado un poco la mente con todo esto de la protección.
Si te apetece comunicarte para resolver dudas acerca de esta entrada o cualquier otra, sugerencia para nuevas entradas, dudas en todo aquello que rodea a un invento,… ¡Siempre serás bienvenido! Puedes ponerte en contacto con nosotros o pinchando el botón de Whatsapp.
Y recuerda que es muy importante escoger el modo adecuado de protección, primero para asegurarnos que la OEPM conceda la protección, y segundo para que tengas tu idea bien protegida.
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