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	<title>propiedad intelectual e industrial archivos - La Fabrica de Inventos</title>
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		<title>Diferencias entre Propiedad intelectual y propiedad industrial</title>
		<link>https://lafabricadeinventos.com/blog/propiedad-industrial-principios-basicos-para-proteger-una-patente/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Fábrica de Inventos]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 May 2021 11:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Propiedad intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[diseños industriales]]></category>
		<category><![CDATA[propiedad industrial]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[propiedad intelectual e industrial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Al hablar de Propiedad Intelectual, en su sentido más amplio, se debe incluir a la Propiedad Industrial. Por ello es muy común que se generen confusiones cuando se habla de Propiedad Intelectual. En esta entrada queremos ayudarte a resolver todas tus dudas y consultas ¡Comencemos! Propiedad Intelectual se refiere al conjunto de derechos que corresponden [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://lafabricadeinventos.com/blog/propiedad-industrial-principios-basicos-para-proteger-una-patente/">Diferencias entre Propiedad intelectual y propiedad industrial</a> se publicó primero en <a href="https://lafabricadeinventos.com">La Fabrica de Inventos</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">Al hablar de Propiedad Intelectual, en su sentido más amplio, se debe incluir a la Propiedad Industrial.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por ello </span><b>es muy común que se generen confusiones cuando se habla de Propiedad Intelectual</b><span style="font-weight: 400;">. En esta entrada queremos ayudarte a resolver todas tus dudas y consultas ¡Comencemos!</span></p>
<p><b>Propiedad Intelectual </b><span style="font-weight: 400;">se refiere al conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares, respecto de sus obras y prestaciones fruto de sus creaciones. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La Propiedad Intelectual es un derecho que </span><b>protege las creaciones del espíritu humano</b><span style="font-weight: 400;">. Estas creaciones deben ser únicas y personales. Por ejemplo, protege las obras musicales y literarias, esculturas, pinturas e incluso obras de arquitectura. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Pero la </span><b>Propiedad Industrial protege aquellas creaciones no únicas vinculadas al ámbito Industrial</b><span style="font-weight: 400;">. Las mismas se plasman en modelos de utilidad, patentes y similares.  </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Con la llegada de Internet la Propiedad Intelectual tuvo que asumir un reto grande. La posibilidad de copiar de forma ilícita una obra ajena, se ha simplificado hasta el punto de lograrse con un solo click.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La descarga de música, la difusión de fotos, la reproducción en streaming es algo que se pone en discusión con respecto a la importancia de los derechos de autor.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Para que tengáis en cuenta,</span><b> en España, la Propiedad Intelectual se regula gracias a la Ley de Propiedad Intelectual</b><span style="font-weight: 400;">. En 2019 el Parlamento Español se encargó de su aprobación. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De hecho, la protección de la Propiedad Intelectual corresponde al Registro de la Propiedad Intelectual (el cual depende exclusivamente del Ministerio de Cultura y Deporte).</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Dicho todo esto, y a forma de resumen, debemos reafirmar que l</span><b>os derechos de autor son el centro de la Propiedad Intelectual.</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La ley define a los derechos de autor, como el derecho que le corresponde al autor sobre su obra por el solo hecho de haberla creado. </span></p>
<h3><strong>Las principales diferencias entre Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Como es un tema que se presta a confusión, en este apartado vamos a explicar cuáles son sus principales diferencias en España. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Como ya mencionamos la Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria. Es decir patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Pero la Propiedad Intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu en las que queda plasmada la personalidad del autor. Protege creaciones únicas que no se producen de forma industrial o en serie. </span></p>
<p><b>El ente encargado del reconocimiento de los derechos de propiedad industrial es la Oficina Española de Patentes y Marcas</b><span style="font-weight: 400;">. Por otro lado, el Registro de la Propiedad Intelectual actúa en el caso de los derechos de Propiedad Intelectual.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-8426" src="https://lafabricadeinventos.com/wp-content/uploads/2021/03/propiedad-industrial.jpg" alt="propiedad industrial" width="1024" height="576" /></p>
<h2><strong>Hablemos de Propiedad Industrial</strong></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Este tipo de propiedad permite otorgar derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como derechos de propiedad.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Recordemos que </span><b>en España existen varios </b><a href="https://lafabricadeinventos.com/como-patentar-una-idea-6-formas-de-hacerlo/"><b>tipos de derechos de propiedad Industrial</b></a><span style="font-weight: 400;">.</span><span style="font-weight: 400;">  Por un lado tenemos los diseños industriales los cuales protegen la apariencia externa de los productos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Luego podemos encontrar las marcas y los nombres comerciales. Estos derechos se encargan de proteger combinaciones gráficas y/o denominativas que ayudan a distinguir en el mercado unos productos o servicios de otros similares.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las patentes y los modelos de utilidad protegen invenciones consistentes en productos y procedimientos susceptibles de reproducción y/o utilización con fines industriales.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Además existen las topografías de semiconductores. Protegen el esquema de trazado de las distintas capas y elementos que componen un circuito integrado. Protegen su disposición tridimensional y sus interconexiones.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Existe una legislación aplicable para cada uno de nuestros derechos. </span><a href="https://lafabricadeinventos.com/contacto/"><span style="font-weight: 400;">En La Fábrica de Inventos contamos con un equipo especializado en la materia que puede asesorarte y ayudarte a encontrar la modalidad de protección indicada para tu idea.</span></a><span style="font-weight: 400;"> </span></p>
<h2><strong>Dudas y consultas frecuentes sobre la propiedad industrial</strong></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Podemos hablar largo y tendido sobre propiedad industrial e intelectual. Las dudas son habituales ya que la protección de las ideas puede generar varias confusiones. Por eso </span><b>desde La Fábrica de Inventos nos capacitamos diariamente en materia de derechos y protecciones</b><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Nuestro objetivo es convertir tu idea en un producto exitoso. Si tienes alguna consulta o duda al respecto, </span><a href="https://lafabricadeinventos.com/contacto/"><span style="font-weight: 400;">puedes pinchar aquí para ponerte en contacto con nosotros. </span></a></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Mientras tanto hemos preparado una guía con algunas de las consultas más frecuentes relacionadas a la propiedad industrial. </span></p>
<h3><strong>¿Quieres presentar una solicitud de un derecho de propiedad industrial?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Esta es una de las consultas que más se repiten y estamos encantados de poder ayudarte en el proceso. </span><b>Debes tener en cuenta que los documentos necesarios para solicitar este tipo de protección, </b><span style="font-weight: 400;">difieren según la modalidad elegida.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Sin embargo creamos una guía para indicar cuáles son los datos mínimos con los que debes contar para obtener una fecha de presentación ¡Toma nota!</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">1) Debes presentar una declaración expresa o implícita acerca de qué se trata el título</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">2) Los datos identificatorios del solicitante son sumamente necesarios</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">3) Si se trata de una patente o un modelo de utilidad, también debes incluir una descripción.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">4) De tratarse de signos distintivos y diseño industrial, debes incluir una reproducción del signo distintivo o del diseño industrial. Además debes incluir una indicación de los productos a los que se va a aplicar.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Una vez presentada la documentación, se te indicará el día y la hora de la presentación junto a un número que identifica el expediente. Recuerda que este número no será nunca modificado.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De igual manera, en el caso de existir alguna irregularidad que impida otorgar una fecha de presentación, el solicitante recibirá una notificación para que subsane en los plazos que indique la ley para cada una de las modalidades de propiedad industrial. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De esta manera la fecha de presentación será la del día en que se haya recibido el escrito de subsanación.</span></p>
<h3><strong>¿Qué es y de qué se trata el BOPI?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Las siglas BOPI corresponden al “Boletín Oficial de la Propiedad Industrial”. Se trata de una publicación editada diariamente por la </span><a href="http://www.oepm.es/es/index.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow"><span style="font-weight: 400;">Oficina Española de Patentes y Marcas </span></a><span style="font-weight: 400;">(OEPM). </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El BOPI constituye el medio de comunicación oficial de los actos administrativos, es decir: solicitudes, notificaciones y resoluciones de las distintas modalidades de propiedad industrial.</span></p>
<h3><strong>¿Cuánto tarda la concesión de un derecho de propiedad industrial?</strong></h3>
<p><b>El tiempo de espera depende exclusivamente de cada modalidad</b><span style="font-weight: 400;">. Además se debe tener en cuenta si la solicitud sufre algún suspenso ya que esto alargaría la espera.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Sin embargo, en términos generales, los plazos medios hasta la concesión son:</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Signos distintivos: entre 8 y 15 meses.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Los diseños industriales: 3 días si la solicitud no sufre ningún suspenso. Pero de sufrir algún retraso el tiempo se estira hasta 5 meses.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Modelos de utilidad: 4 meses aproximadamente.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><img decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-8427" src="https://lafabricadeinventos.com/wp-content/uploads/2021/03/propiedad-intelectual-.jpg" alt="propiedad intelectual" width="960" height="540" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<h3><strong>Derechos de Propiedad Industrial: ¿Dónde se solicitan?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El lugar es determinado por la ley específica de cada una de las modalidades. Pero si hablamos de solicitudes de patente y modelo de utilidad podríamos indicar lo siguiente:</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">1) De manera presencial</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Se solicita en la Oficina Española de Patentes y Marcas</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; También se puede recurrir a los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Otra opción es en los Centros Regionales de Información en Propiedad Industrial de las distintas Comunidades Autónomas</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; En las Oficinas de Correos</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">2) Por Internet</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Previamente se debe instalar el software gratuito (e-OLF) facilitado por la OEPM a través de la Sede Electrónica. Para acceder a él se debe ingresar desde el sitio web de la </span><a href="http://www.oepm.es/es/index.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow"><span style="font-weight: 400;">OEPM</span></a><span style="font-weight: 400;">. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La tramitación electrónica requiere del uso de un certificado electrónico acreditado. </span><a href="https://lafabricadeinventos.com/contacto/"><span style="font-weight: 400;">Para más información puedes pinchar aquí</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Sin embargo, el artículo 14 de la Ley española 39/2015, recoge la obligación de presentación electrónica para el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica. También aplica si la persona ejerce alguna actividad profesional (como el caso de los Agentes de la Propiedad Industrial).</span></p>
<p><b>Pero la utilización de medios electrónicos, aún cuando el resto de los solicitantes no están obligados a utilizarlos, supone diversas ventajas:</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Primero y principal debemos hacer hincapié en el ahorro de tiempo</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Además supone un descuento sobre las tasas de tramitación. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; La recepción del justificante de la presentación es instantáneo, lo que permite acelerar el proceso. </span></p>
<h3><strong>¿Existen registros de la Propiedad Industrial independientes para cada una de las Comunidades Autónomas?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Para responder esta consulta debemos referirnos al artículo 149.1.9 de la Constitución la competencia sobre propiedad Industrial e Intelectual es exclusiva del Estado.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias de ejecución como el examen formal de las solicitudes. Pero, hasta el momento, ninguna Comunidad Autónoma ha asumido tales competencias.</span></p>
<h3><strong>¿Un derecho de propiedad industrial concedido en España es válido fuera de España?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">La respuesta es no. Esto se debe a que</span><b> los derechos de propiedad Industrial son territoriales.</b><span style="font-weight: 400;"> Es decir que sólo se tiene la protección en el territorio del país o países en los que se hubiera registrado.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Si tu intención es proteger tu idea en el extranjero, debes solicitar la protección en cada uno de los países en donde quiera obtenerse la misma. De igual manera existen acuerdos internacionales que facilitan el proceso. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Estos tratados internacionales facilitan las solicitudes y las concesiones de derechos de propiedad industrial (con efectos a nivel comunitario o internacional). Podemos hablar de la marca de la UE o la marca Internacional. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">También debemos mencionar la patente europea, la solicitud de Patente Internacional PCT, los diseños comunitarios y los diseños Internacionales.</span></p>
<h3><strong>¿A través de qué vías legales se pueden defender los derechos de este tipo de propiedad?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">La defensa de este tipo de derechos está encomendada por Ley a los Tribunales españoles. Además se realiza a través del ejercicio de acciones civiles o penales, siempre que se den las circunstancias y requisitos previstos en la ley.</span></p>
<h3><strong>Caducidad y nulidad ¿De qué se trata?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Recordemos que</span><b> los derechos de propiedad industrial son temporales por lo que pueden “desaparecer”</b><span style="font-weight: 400;"> por diferentes motivos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La caducidad supone que el derecho se extingue al no cumplir algunas obligaciones que exige la ley. Por ejemplo, puede tratarse del pago de las tasas de mantenimiento o la explotación del derecho.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por otro lado, la nulidad se trata de un derecho de propiedad industrial. Equivale a que ese derecho no hubiera existido nunca, porque no debió concederse. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Entre sus causas podemos mencionar, por ejemplo, que el titular no tuvo derecho a obtenerlo o que no se cumplen los requisitos que exige la ley. </span></p>
<h3><strong>¿Puedo ceder o transmitir los derechos o el uso de la propiedad industrial?</strong></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">De hecho sí se puede. Recordemos que</span><b> los derechos de propiedad industrial pueden transmitirse, darse en garantía o ser objeto de derechos reales con independencia de la transmisión de la totalidad o parte de la empresa. </b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Sin embargo, para que los mismos tengan efecto frente a terceros, los actos deberán ser inscritos en la OEPM.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Entre los principales actos de gravamen podemos encontrar:</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Las licencias: ocurre cuando el titular del derecho permite su uso o explotación a otras personas pero sigue siendo su dueño o propietario.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Las cesiones: el titular del derecho cede la propiedad a terceros</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Hipotecas mobiliarias: en este caso, el titular del derecho entrega el mismo en garantía de un pago.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">&#8211; Usufructo: ocurre cuando el titular otorga el disfrute del derecho a tercero. Como disfrute podemos entender la explotación o uso o bien, las propias rentas obtenidas por el pago de licencias a terceros.</span></p>
<h2><strong>Conclusiones…</strong></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Si tienes una idea y quieres llevarla a cabo debes considerar, en primera instancia, si corresponde a la propiedad intelectual o a la industrial. Este debe ser el primer paso ya que de allí se derivan los tipos de protección. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Si tienes dudas recuerda que puedes ponerte en contacto con nosotros en cualquier momento y a cualquier hora del día. </span><a href="https://lafabricadeinventos.com/contacto/"><span style="font-weight: 400;">Nuestro equipo puede asesorarte desde el primer momento</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><a href="https://lafabricadeinventos.com/proyectos/"><span style="font-weight: 400;">Pinchando aquí puedes conocer algunos de los proyectos desarrollados por nosotros. </span></a><span style="font-weight: 400;">Recuerda que no solo podemos asesorarte en cuanto a lo legal sino que también podemos ayudarte a fabricar tu producto, buscar inversores, desarrollar el prototipo y ayudarte en la comercialización del mismo. </span></p>
<h2><strong>¿Qué es un desarrollo industrial?</strong></h2>
<hr />
<p><iframe title="¿Que es un desarrollo industrial?" width="500" height="281" src="https://www.youtube.com/embed/NEHrWebJg48?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></p>
<p>&nbsp;</p>
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